Constituyente y justicia indígena

Opinión publicada en La Tercera, el 18.02.2022 por María Fernanda Herrera Acuña


SEÑOR DIRECTOR

En el contexto del proceso constituyente chileno se está argumentando, profusamente, sobre el establecimiento institucional de la justicia indígena, que quebrantaría la hegemonía jurídica liberal para ampliarla hacia un reconocimiento pluricultural y contextual de su ejercicio.

No obstante, la aceptación de la justicia indígena exige, con anterioridad, la admisión constitucional de lo plurinacional o existencia cívicamente institucionalizada de la presencia de diversas etnias dentro de un Estado; pues solo así se reconoce la interculturalidad con igualdad de jerarquía. Y, por ende, la posibilidad de establecer y potenciar una justicia positiva, mediante espacios de diálogo y entendimiento. Entre las cuales, la justicia indígena se posicionaría como el derecho de los pueblos originarios a tener su propia jurisdicción, ejercida por sus propias autoridades y conforme a su propia cosmovisión.

Una visión comparativa de la región, mediante una revisión constitucional de Bolivia (único Estado plurinacional latinoamericano), muestra ciertas determinaciones para el establecimiento y desarrollo de una justicia originaria; tales como: qué se entiende propiamente por jurisdicción indígena, su alcance, facultades para su mantención o cumplimiento y una persistente posibilidad de acudir al Estado para su defensa.

Asimismo, la nueva CPE debería señalar la necesidad de una Ley de Deslinde Jurisdiccional capaz de demandar la aplicación y alcance de los principios derivados de los tratados internacionales sobre los pueblos originarios -suscritos por el Estado de Chile- y de prevenir conflictos de competencia entre las diversas jurisdicciones, con el fin de regular sus espacios de vigencia y determinar de forma detallada los mecanismos de coordinación entre la jurisdicción indígena y liberal; además de relacionarla con otros espacios imbricados con el ejercicio de la justicia indígena, como la ley agroambiental.

María Fernanda Herrera Acuña

Académica del Núcleo de Formación General

Universidad Mayor.